Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
Efectuada la audiencia pública el 1 de agosto de 2008, a la que no concurrió el recurrente ni su abogado, al haber presentado en la misma fecha, memorial de retiro y desistimiento del recurso; y con la presencia de los Jueces recurridos quienes ingresaron a dicho actuado procesal a momento de dar lectura a la Resolución pronunciada por el Juez de garantías, según consta en el acta que cursa a fs. 16 de obrados, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Oportunidad procesal para retirar o desistir del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.3.1. Improcedencia de la ahora acción de libertad, por falta de prueba que lleve a la certidumbre de la lesión al derecho a la libertad
- III.4. El caso en examen
- APROBAR