SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1242/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente por el supuesto delito de tráfico de sustancias controladas, por Resolución 85/08 de 12 de julio de 2008, el Tribunal Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, concedió la cesación de la detención preventiva de la recurrente, imponiendo las siguientes medidas sustitutivas: i) Prohibición de salir de la ciudad de La Paz, debiendo expedirse para ese fin mandamiento de arraigo y presentarse dos veces a la semana ante el Ministerio Público; ii) Prohibición de comunicarse con personas dedicadas al narcotráfico; iii) Fianza económica de Bs50 000.-; iv) Prohibición de concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; y, iv) El Ministerio Público verifique el domicilio de la imputada (fs. 11 a 14).
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Consideraciones previas
- III.4. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 17
- III.5. Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.6. Sobre los requisitos para efectivizar la libertad
- APROBAR