SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

Fragmento 12

             Si bien es evidente que la Norma Fundamental en vigencia, expresamente determina el carácter informal de la acción de libertad, con la finalidad de otorgar una tutela eficaz, pronta y oportuna de los derechos de libertad y de la vida protegidos por la acción de libertad, no es menos evidente que el accionante debe proporcionar los documentos probatorios necesarios que demuestren los hechos alegados para que este Tribunal pueda formar convicción de su veracidad y se pronuncie en consecuencia, por cuanto: “Si bien es cierto que el art. 90.II de la Ley del Tribunal Constitucional, determina que el hábeas corpus no requiere mayores formalidades para ser interpuesto, no es menos evidente que la parte recurrente debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula, a objeto de lograr sus pretensiones, puesto que corre por su cuenta la carga de demostrar la existencia del o los actos lesivos que estima hayan restringido sus derechos…” (SC 0318/2004-R de 10 de marzo); asimismo, la SC 1880/2004-R de 8 de diciembre, precisa que: “…la jurisdicción constitucional requiere de certidumbre para tutelar los derechos protegidos por este recurso, y para ello precisa compulsar los hechos denunciados en función a los elementos probatorios que respalden los mismos…”.