SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

III.4. Análisis del caso concreto

         El accionante alega que, el recurso de apelación interpuesto contra la denegatoria de la solicitud de cesación de la detención preventiva, no se remitió a la instancia superior sin embargo; en el expediente, no cursa la mencionada resolución denegatoria y, por ende, no se tiene certeza de qué autoridades fueron las que rechazaron su pretensión y omitieron remitir la apelación ante el superior en grado para su correspondiente resolución, cuando es lógico suponer que la mencionada Resolución fue dictada por los dos Jueces Técnicos que conforman el Tribunal Sexto de Sentencia, habiendo, el accionante, sólo demandado a Octavia Salvatierra Peñafiel, impidiendo a este Tribunal determinar si efectivamente la indicada autoridad formaba parte del Tribunal Sexto y Sentencia y de Sustancias Controladas; cuestión en duda, más aún, tomando en cuenta que quien presenta el informe de descargo, ante la notificación del entonces recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es otra persona que alega estar “en actual ejercicio del cargo de Juez del Tribunal Sexto de Sentencia y Sustancias Controladas” (sic).

         Por lo expuesto y ante la incertidumbre sobre la identificación de la autoridad que presuntamente hubiera cometido los hechos alegados por el accionante, por falta de presentación de los elementos probatorios que demuestren los extremos alegados, corresponde la aplicación de la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico III.3.1. del presenta fallo, que exige la presentación de las pruebas necesarias que acrediten los hechos motivantes del recurso, lo que no ocurrió en el caso analizado.