SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente, ratificó íntegramente el contenido de su recurso y lo amplió alegando que, la esposa del agraviado, hizo entrega de los timbres y recaudos correspondientes para la interposición del recurso de apelación, “a la Dra. Mónica” (sic), Secretaria del Tribunal Sexto de Sentencia; sin embargo, no existió respuesta alguna al respecto.
El 16 de junio de 2008, casi diez días después de cumplidos los dieciocho meses, reiteraron su solicitud de audiencia de consideración de la cesación de detención preventiva, misma que fue negada; a pesar de ello, la reiteraron el 23 del mismo mes y año, ante el Tribunal Sexto de Sentencia, sin obtener respuesta, recalcando que el plazo máximo de detención preventiva -dieciocho meses- se rebasó abundantemente.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- Fragmento 12
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR