Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.8.
II.8. Mediante nota cite 289/07 de 21 de agosto de 2001, emitida por el Colegio Departamental de Bioquímica y Farmacia de Oruro dirigido a la ahora recurrente, por el que dan constancia de la recepción del memorial enviado además que señalan audiencia a “objeto de aclarar algunos hechos mencionados por la misma” (sic.) (fs. 8).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- III.3. Análisis del caso concreto
- no interpuso recurso alguno ante la decisión asumida limitándose a solicitar amparo al Colegio Departamental de Bioquímica y Farmacia;
- 2º