Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1347/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
i)
Amelia Iskra Montero Zambrana, tercera interesada, mediante su abogado en audiencia señalo que: i) En el proceso hasta el momento de pronunciarse el Auto de Vista, no se ha llegado a arrimar ninguna declaratoria de herederos, para pretender hacer valer sus derechos, toda autoridad jurisdiccional falla sobre mecanismos probatorios que las partes puedan ofrecer; ii) La declaratoria de herederos no ha ganado publicidad y menos oposición frente a terceros.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 16
- plazo máximo de seis meses
- Fragmento 18
- idóneos
- Fragmento 20
- siete de ese mes y año
- sin recurso ulterior
- denegado
- APROBAR