SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1347/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1347/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

siete de ese mes y año

De acuerdo a los antecedentes que cursan en obrados, se establece que Fernando Lora Hurtado interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista impugnado el 15 de marzo de 2007, con el que fue notificado el siete de ese mes y año, a horas 14:45, del que tubo que compulsar porque el expediente había sido devuelto a Juzgado de origen el 12 de del mismo mes y año, recurso que mereció el Auto Supremo 216 de 8 de mayo de 2007, que declaro ilegal el mismo con el argumento que contra el Auto de Vista no amerita recurso ulterior. Consecuentemente, el Auto referido de Vista constituye la última decisión judicial, y es a partir de cuya notificación que se debe computar el término de los seis meses previsto por la jurisprudencia constitucional y actualmente por el art. 129.II de la CPE; puesto que se constituye en el último medio idóneo que haya podido reparar la  supuesta ilegalidad hoy denunciada.