AUTO CONSTITUCIONAL 019/2011-RCA
Fecha: 31-Ene-2011
Fragmento 2
Por memorial presentado el 18 de mayo de 2009, cursante de fs. 39 a 42, los accionantes aseveran que dentro del proceso ordinario de nulidad de testamento interpuesto por Juan Carlos Muñoz Serrano contra Elías Muñoz Muñoz, el Juez de la causa declaro nulo el testamento inscrito a favor de Elías Muñoz Muñoz, quien transfirió un bien inmueble o lote de terreno de 2.709.99 m², ubicado en la zona de Obrajes, final calle “3” de la ciudad de La Paz, mediante contratos de compra venta a los ahora accionantes Andrés Vera Ossio, Ximena Virginia Vargas y Nila Efigenia Heredia Miranda, quienes no habían sido citados ni notificados en el referido proceso, por lo cual opusieron excepción perentoria de prescripción de la acción de nulidad de testamento; sin embargo, fueron rechazadas por no haber participado del proceso, el cual ya estaba en ejecución de Sentencia.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazo in límine
- II.1 Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- deben ser, como lo expresa la ley, expuestos con precisión y claridad, dado que los mismos delimitan la causa de pedir y vinculan al Tribunal de amparo, es decir que éste, deberá resolver la problemática planteada conforme en esa descripción de los hechos y su calificación jurídica (derechos lesionados) y no otra”
- la tutela que solicitan resulta contradictoria
- APROBAR