Sentencia: 2182/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 2182/2010-R

Fecha: 25-Ene-2011

I.2.   Fundamentos y parte resolutiva de la SC 2182/2010-R de 19 de noviembre

“…se llega a concluir que Verónica Arancibia, Fiscal de Materia, tenía legitimación pasiva para ser demandada, pues esta autoridad quien dispuso la acogida de los ciudadanos chinos, bajo el término 'en calidad de depósito'; en consecuencia, por la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo, que mencionó que para la procedencia del hábeas corpus es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, su inobservancia neutraliza esta acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados.  Consecuentemente, no es posible analizar los actos demandados de ilegales en el presente caso; pues, al hacerlo, se estaría omitiendo revisar la actuación que realizó en primera instancia Verónica Arancibia, Fiscal de Materia, dejando en los hechos, subsistente su determinación; omisión que hace inviable el análisis de fondo del recurso y se determine denegar la tutela, ya que la acción de libertad debió ser planteada contra todas las autoridades que conocieron o tuvieron participación en los hechos denunciados.”