Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1423/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
Fragmento 9
En el presente caso no se ha acreditado el daño inminente e irreparable, al que se refiere el accionante, pues no basta manifestar que existe daño irreparable, sino, que es necesario demostrar con elementos de convicción suficientes su existencia y que los medios de impugnación de la resolución no son idóneos ni eficaces.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1.-
- 2.-
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2. Normativa aplicable supletoriamente al órgano judicial, para el cómputo de plazos para la interposición de recursos administrativos
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR