SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1441/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
concedió
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Sentencia de 21 de septiembre de 2009, cursante a fs. 169 y vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto la Resolución o memorándum de despido contra la accionante, y ordenando su inmediata reincorporación al cargo que ocupaba, así como la cancelación de todos sus haberes devengados desde el momento de su despido hasta su restitución, sea sin costas ni multas, basándose en los siguientes fundamentos: 1) El art. 46.I.2 de la CPE, establece que toda persona tiene derecho a una fuente laboral estable, en condiciones equitativas y satisfactorias. El art. 49.III sostiene que el Estado esta facultado a garantizar la estabilidad laboral, por tanto esta prohibido el despido injustificado; 2) El art. 117.I de la Ley Fundamental indica que ninguna persona puede ser condenada sin antes haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. De igual forma el art. 115.II del mismo cuerpo constitucional señala que garantiza el derecho al debido proceso y a la defensa; 3) El Reglamento del Escalafón Nacional de Servicio de Educación, aprobado por DS 4688, en su art. 73 regula que los directores o administrativos pueden ser destituidos o suspendidos, salvo proceso donde se reconozca el derecho a la defensa. De manera idéntica la RS 212414 de 31 de abril de 1999, en el art. 3 reconoce el derecho a la defensa de cualquier persona relativa a la carrera administrativa en educación; 4) Por las pruebas acumuladas en el expediente de la acción de amparo constitucional, se evidencia que la accionante ha sido despedida sin previo proceso administrativo; y, 5) Por tanto, la accionante ha demostrado que los demandados cometieron actos ilegales, dado que se han vulnerado preceptos constitucionales y otros cuerpos normativos relevantes y relacionados a la demanda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3 Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el retiro de personal
- a) Respecto a los derechos a la vida, a la salud y a la seguridad social
- b) Sobre el derecho al trabajo
- c) Derecho al debido proceso
- d)
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR