SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
a)
Omar Cardozo Alba, abogado de la Aduana de Cobija, en audiencia indicó que: a) En el memorial de la acción de amparo, no figura “Carmelo Pérez Cartagena” y sin embargo firmó la demanda; aclarando que el citado tiene otras vías para hacer valer sus derechos, por lo que, en aplicación del principio de subsidiariedad no tendría derecho a presentar esta acción de defensa; y, b) Los accionantes incumplieron el art. 97 inc. 4) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en tanto no señalaron con precisión la norma violada; además que en ningún momento plantearon la nulidad de obrados, por lo que tienen las vías ordinarias para hacer valer sus derechos. En consecuencia, pidió se deniegue la acción y sea con costas procesales.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso: motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3. Del debido proceso: derecho a la defensa
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- REVOCAR