SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.3.
II.3. En cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal de alzada, el Juez de la causa, emitió el Auto Interlocutorio 065/2009 de 15 de abril, mediante el cual declaró probada la excepción de falta de acción e incompetencia por la presunta comisión del delito de contrabando e improbada por el de sustracción de prenda aduanera, debiendo resolver las contravenciones tributarias los representantes de la Aduana Nacional de Bolivia y proseguir la investigación por el delito de sustracción de prenda aduanera (fs. 212). La Aduana Nacional presentó apelación incidental contra ese Auto Interlocutorio (fs. 213 a 214 vta.) respondido por el Ministerio Público (fs. 215 a 217), que se resolvió por Auto de Vista de 28 de mayo de 2009, anulando el Auto 065/2009 apelado, por falta de fundamentación exigida por el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), disponiendo la emisión de otro, que cumpla con dicho precepto, (fs. 220 a 221 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso: motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3. Del debido proceso: derecho a la defensa
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- REVOCAR