SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
1)
Dialina Maráz Fernández, Jueza Técnica de Sentencia de Yacuiba, quien no se hizo presente a la audiencia, pero por informe escrito cursante a fs. 48 y vta., señaló que: 1) El accionante fue condenado a la pena de veinticinco años de privación de libertad, Sentencia contra la cual interpuso recurso de apelación que hasta la fecha no fue resuelto; 2) Debido a su delicado estado de salud y con la finalidad de recibir tratamiento médico de cáncer, ese Tribunal le aplicó medidas sustitutivas a la detención preventiva desde julio, empero, hasta la fecha no ha cumplido las medidas impuestas, por lo que no fue puesto en libertad conforme a lo previsto por el art. 245 del CPP; y, 3) Estando a la fecha su estado de salud estable y mejorando, según informe del médico forense y demás antecedentes que cursan en el cuaderno acusatorio, el representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en representación de la víctima, solicitó modificación de las medidas sustitutivas aplicadas, ante lo cual se señaló audiencia, que fue suspendida porque el acusado, presentó recusación contra las Juezas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0141/2010-R
- ...para otorgar la libertad luego de haberse concedido la cesación de la detención preventiva sólo es exigible el cumplimiento de las medidas sustitutivas que se hubieren aplicado, pues esa es la única condición que ha previsto el legislador,
- tendrá que compulsar si efectivamente el imputado dio cumplimiento a las exigencias impuestas por dicha autoridad a efectos de obtener la cesación de la detención preventiva
- APROBAR