Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos a la vida, a la salud, a la dignidad, a la libertad, a la libre locomoción, a la presunción de inocencia, al debido proceso, a la defensa, a la petición y a la “seguridad jurídica”; señalando al efecto los arts. 15, 18.I, 22, 23.I, 24, 35.I, 37, 46.I, 73.I, 115.II, 116, 117, 119.II, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8, 11 y 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8.2, 24 y 25 del Pacto de San José de Costa Rica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0141/2010-R
- ...para otorgar la libertad luego de haberse concedido la cesación de la detención preventiva sólo es exigible el cumplimiento de las medidas sustitutivas que se hubieren aplicado, pues esa es la única condición que ha previsto el legislador,
- tendrá que compulsar si efectivamente el imputado dio cumplimiento a las exigencias impuestas por dicha autoridad a efectos de obtener la cesación de la detención preventiva
- APROBAR