SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1508/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1508/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

a)

El abogado del accionante, reiteró los argumentos de la acción y los amplió manifestado que: a) La acción de libertad, es un medio idóneo ante la retardación de justicia, cuando un tribunal, alegando carga procesal o cuando incumpliendo los plazos, dilata de forma injustificada la consideración de una solicitud que directamente afecta a la libertad de su defendido; y, b) La Sala Penal Tercera y el Tribunal Séptimo de Sentencia, respectivamente, no fundamentaron cuál es la norma legal que faculta suspender una audiencia de apelación por la ausencia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y no considerar la solicitud de cesación de la detención preventiva, siendo acciones directas por las cuales, Andrés Ramos Pusari, no tiene certidumbre sobre sus derechos y garantías constitucionales.