SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1515/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1515/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III.2.Terminología aplicable en la parte dispositiva de las acciones de libertad

     Finalmente, la terminología correcta para referirse a las partes procesales intervinientes, en el marco del art. 4 de la Ley 003, en relación al actor se lo denominará “accionante” y a la autoridad o persona contra la cual se activó este mecanismo procesal-constitucional, se lo consignará como “demandado”; términos que se enmarcan a la nueva dimensión procesal de la acción de libertad. La terminología utilizada en la parte dispositiva, en caso de otorgar la tutela será “conceder”, caso contrario “denegar” la misma; y en los asuntos en que no se ingrese al fondo de la problemática, se hará constar esta situación.