Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que la causa penal seguida en su contra excedió el plazo para su sustanciación, Wilfredo Villafañe Pozo dirige la presente acción tutelar contra los miembros de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, quienes a través del Auto de Vista de 30 de julio de 2009, -de modo ilegal, arbitrario e injusto-, revocaron la Resolución dictada por el Tribunal a quo, declarando la improcedencia de la excepción de extinción de la acción penal impetrada por el accionante. Por consiguiente, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Situación del tercero interesado dentro de la acción de amparo constitucional
- III.2.Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
- “conceder”
- denegar
- APROBAR