SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
a)
En audiencia de juicio oral planteó extinción de la acción penal, resuelta por Auto motivado declarándolo procedente a su favor y de otros coimputados, ante esta decisión el Ministerio Público planteó apelación, alegando la existencia de maniobras dilatorias perpetradas por los imputados, consistentes en: a) El incumplimiento de las medidas sustitutivas; y, b) La falta de señalamiento de domicilio del accionante. Al respecto invoca, que en el cuaderno procesal no existía ninguna solicitud de revocatoria de las medidas sustitutivas ni memorial alguno en el que se denuncie su inobservancia y si no hubieran señalado domicilio, debieron haberse practicado las notificaciones por otro medio legal, para que en caso de incomparecencia sea declarado rebelde.
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo
- pronunciamiento judicial sobre el fondo de la pretensión planteada en la demanda
- I.
- III.2. En cuanto a la atribución para conocer la extinción de la acción penal.
- la apelación incidental
- se concluye que en el juicio oral no es posible interponer el recurso de apelación incidental para impugnar las resoluciones que rechacen excepciones, sino que las partes podrán reservarse el derecho de recurrir una vez pronunciada la sentencia cuando exista agravio.
- Fragmento 14
- III.3.De la fundamentación de las resoluciones
- III.4. De la valoración integral que debe existir a momento de sopesar la extinción de la acción penal
- III.5.Análisis de la problemática planteada
- REVOCAR