Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1593/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
amparo constitucional,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Lidia Lizarraga Ortiz de Salvatierra contra Tatiana Patricia Rojas Fernández, Gonzalo Eberto Lema Vargas, Mónica Gamarra Giese, Roberto Carlos Walter Requena Urioste, Francisco Javier Guillermo Gremer Torrico, Gretzel Guisel Vidaurre Baldiviezo, Paulina Ana Pinto Gonzales, Jhony Antezana, Rita Vivian Cardona Sossi de Tomicic, Clemencia Orellana Vela, Víctor Calderón Cruz, miembros del Concejo Municipal de Cercado; y, contra Erick Tapia Silva, Sub alcalde de la Comuna Molle.
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los requisitos de admisión del amparo constitucional
- los hechos que sirven de fundamento del recurso o de la razón o razones en la que el recurrente apoya la protección que solicita
- el elemento fáctico aludido (conjunto de hechos) y su calificación jurídica (derechos o garantías supuestamente violados) constituyen lo que la doctrina denomina genéricamente “la causa de pedir”; causa de pedir que debe ser claramente precisada y delimitada por el recurrente.
- Por principio general, el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido; esto muestra la enorme importancia que tiene el petitium de la causa, pues, el Juez está vinculado a la misma; esto es, deberá conceder o negar el petitorio formulado; sólo excepcionalmente, dada la naturaleza de los derechos protegidos es posible que el Juez constitucional pueda conceder una tutela ultra petita, de cara a dar efectividad e inmediatez a la protección del derecho o la garantía vulnerada, cuando advierta que existió error a tiempo de formular el petitorio. Extremo que deberá ser ponderado en cada caso concreto, al tratarse de una excepción”
- III.2. Sobre el derecho de petición y su afectación
- formal y pronta
- Fragmento 14
- III.3. En la problemática planteada.
- APROBAR