SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1681/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1681/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

a)

El accionante ratificó el tenor de la acción de amparo constitucional y ampliándola señaló que: a) La Compañía se dedica a la producción de azúcar, que conforme reza el art. 16.I de la CPE, toda persona tiene derecho al agua y la alimentación, en ese entendido, al destruir sembradíos de cañaverales e incendiar la fábrica, se atentó contra el derecho de todos los habitantes del país, teniendo en cuenta que el Gobierno mediante el DS 0434 de 19 de febrero de 2010, restringió la exportación de azúcar para preservar la seguridad alimentaria de la Nación; b) Se agotaron las instancias administrativas y jurisdiccionales para el ejercicio de sus derechos con la denuncia ante la Fiscalía de Distrito, “Prefectura” del Departamento y Comando Departamental; y, c) No tienen ninguna relación con los terceros interesados que supuestamente serían propietarios de un predio, quienes debieron hacer uso de su derecho a través del amparo constitucional y no en calidad de demandados.

En uso del derecho a la réplica indicó que el Tribunal de garantías no define derechos propietarios y que la transferencia que menciona el tercer interesado estaría sujeta a condición suspensiva, que surtiría sus efectos en el caso de que CIASA sea expropiada o estatizada y que los derechos de las personas antes nombradas siguen siendo de San Aurelio.