SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1681/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1681/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

SC 0148/2010-R

         Excepcionalmente procede la tutela del amparo constitucional, prescindiéndose del principio de subsidiariedad, cuando se advierta la existencia de una incuestionable lesión al o los derechos invocados y un daño irreparable e irremediable provocado por vías o medidas de hecho, o la mal llamada “justicia por mano propia” sin respaldo legal, provenga ésta de funcionarios públicos o particulares. Este Tribunal, al respecto, en la SC 0148/2010-R 17 de mayo, desarrolló los requisitos para considerar determinada situación como medidas de hecho y su mérito de hacer abstracción de la exigencia procesal de agotamiento de los medios de defensa que pudiesen existir en la vía ordinaria; habiéndose establecido, entre otros aspectos, lo siguiente: