SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1693/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 40 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 104 de 16 de diciembre de 2009, cursante de fs. 99 a 101 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en contra de Houvig Korkine Elbekian, Luis Alberto Ruiz Dorado, Rafael Antezana, Benita Vedia García, Rosario Torrez Paniagua y José Mario Rojas, en los términos establecidos por el Tribunal de garantías y en cuanto a Micaela Suribi Antezana, DENEGAR la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- 2) “
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La acción de amparo constitucional, la subsidiariedad y el principio de inmediatez
- III.2. Excepción a la subsidiariedad por medidas de hecho y sub reglas de aplicación
- ,
- concedido en parte
- APROBAR