Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1693/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.6.
II.6. El 26 de agosto de 2009, mediante memorial dirigido al Fiscal de Materia Adscrito al Modulo Policial DP-7 de la FELCC -La Pampa de la Isla-, Marcela Cabrera Ayala en representación de Juan Carlos Villca Flores, amplió su denuncia y propuso diligencias dentro de la denuncia por la comisión de los delitos de allanamiento, amenazas, robo agravado, asociación delictuosa y otros. El 28 de agosto de 2009, se informo a inicio de investigación al Juez de Instructor en lo Penal de Turno (fs. 33 a 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- 2) “
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La acción de amparo constitucional, la subsidiariedad y el principio de inmediatez
- III.2. Excepción a la subsidiariedad por medidas de hecho y sub reglas de aplicación
- ,
- concedido en parte
- APROBAR