SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1705/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1705/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

procedente

Mediante Resolución 335/2009 de 17 de noviembre, cursante de fs. 95 a 97, el Juez Tercero de Partido y Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, declaró procedente la acción de cumplimiento, disponiendo que las autoridades “requeridas” cumplan con la orden de desecuestro que se encuentra vigente con relación al vehículo marca Chevrolet con placa 2220-LZX, devolución y entrega que debe efectuarse al propietario Lucas Colque Susaño, sin perjuicio de que en el curso de las investigaciones y el proceso, la autoridad judicial disponga las medidas necesarias así como la anotación preventiva del referido vehículo. Fundando su Resolución en lo siguiente: i) Existen dos hechos de trascendencia penal, uno ocurrido el 3 de febrero de 2009, en la localidad de Aroma y otro en Senkata El Alto, que fueron acumulados por conexitud y se tramitan en el Juzgado Tercero de Instrucción; ii) Respecto al hecho ocurrido en Caranavi, los dos accionantes se encuentran con detención preventiva, donde se hace referencia a dos vehículos el uno marca Nissan con característica de un camión grúa y una camioneta Chevrolet de propiedad de Lucas Colque Susaño; iii) Con referencia a los requerimientos fiscales de desecuestro, no fueron revocados o dejados sin efecto por determinación judicial u otro requerimiento fiscal conforme a la normativa procesal penal; iv) No rige los principios de subsidiariedad e inmediatez y solo se aplican las reglas de la acción de amparo con relación al procedimiento; v) Esta acción no ingresa a considerar aspectos relacionados a la responsabilidad penal o una eventual responsabilidad civil; vi) Las autoridades demandadas han incumplido las determinaciones expresadas en los requerimientos fiscales y lo dispuesto por la Jueza Tercero de Instrucción en lo Penal.