Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2011-CDP
Fecha: 16-Nov-2011
I.5.
I.5. Por memoriales de 31 de agosto de 2011 el Presidente Ejecutivo a.i. del SIN solicita pronunciamiento y se deniegue la solicitud del accionante, pedido reiterado por memorial de 14 de septiembre del mismo año (fs. 129 y 130). Igualmente el accionante por memorial de 16 del mes y año señalado (fs. 132 a 136 vta), solicita se proceda a la calificación de daños y perjuicios en cumplimiento a la SC 1930/2010 de 25 de octubre y se rechace los argumentos de la parte contraria.