Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1712/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 21 de mayo de 2009, a horas 11:18 (fs. 18 a 19 vta.), la representada del accionante solicitó al Tribunal Disciplinario enmienda, complementación y aclaración de la Sentencia, respecto a la falta de valoración de la prueba de descargo, que fue rechazada por los ahora demandados por Resolución de 27 de mayo de 2009, bajo el argumento de que hubiera sido planteada fuera del plazo establecido en el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (fs. 20); notificada la representada del accionante el 10 de agosto de 2009 (fs. 20 vta).
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- APROBAR