SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1715/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1715/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

fue notificada con la Sentencia 07/2009 el 27 de febrero, a horas 16:00

Revisado el expediente se constata que Carmen Rosa Vega Zambrana, fue notificada con la Sentencia 07/2009 el 27 de febrero, a horas 16:00; sin embargo, el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada fue el 9 de marzo de 2009 a horas 16:40, advirtiéndose que la apelación se encontraba fuera de plazo, con un retraso de cuarenta minutos, conforme se advierte en las conclusiones de esta Sentencia, plazo que es perentorio e improrrogable, es decir caduca automáticamente por determinación de la ley, y no puede ampliarse por más tiempo, tomando en cuenta las horas y los minutos desde el instante en que comienza a correr hasta su vencimiento.

Por lo tanto, la autoridad demandada al advertir que existía una apelación fuera de plazo, debió pronunciarse inmediatamente sobre la inadmisibilidad del recurso y ejecutoriar la Sentencia, conforme determina el art. 220.I del CPC, el cual señala que la apelación se interpondrá dentro los diez días de las sentencias y Autos definitivos  pronunciados en procesos ordinarios, sumarios y ejecutivos; sin embargo, de manera ilegal declaró la nulidad de obrados hasta la representación, sin haberse pronunciado expresamente sobre su admisión, habiendo la autoridad jurisdiccional actuado y valorado la petición de forma completamente errónea.