SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1715/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1715/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

procederá a favor de todo litigante, que habiendo sufrido algún agravio en la resolución del inferior, solicite que el juez o tribunal superior lo repare; recurso que salvo disposición contraria expresa, se interpondrá dentro del plazo de diez días tratándose de sentencias y autos definitivos pronunciados en procesos ejecutivos.

En ese sentido, este Tribunal sentó línea jurisprudencial respecto al plazo para la interposición del recurso de apelación mediante la SC 1643/2004-R de 13 de octubre, criterio que no es contrario a los lineamientos del nuevo ordenamiento constitucional, estableciendo que éste: 'procederá a favor de todo litigante, que habiendo sufrido algún agravio en la resolución del inferior, solicite que el juez o tribunal superior lo repare; recurso que salvo disposición contraria expresa, se interpondrá dentro del plazo de diez días tratándose de sentencias y autos definitivos pronunciados en procesos ejecutivos. Estos plazos son fatales y se computarán a partir de la notificación con la sentencia o auto'.