Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1747/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
1)
La autoridad jurisdiccional demandada, en audiencia argumentó: 1) Se condujo al imputado a celdas del edificio judicial a las 16:15 horas del 9 de noviembre de 2010; recibió la imputación a las 16:30 horas del mismo día, motivo por el cual fijó audiencia de medidas cautelares dentro de las veinticuatro horas; es decir, para las 15:15 horas del 10 de noviembre; y, 2) Iniciada la audiencia de medidas cautelares, el Fiscal de la causa pidió un cuarto intermedio manifestando que existía una acción de libertad, en mérito a lo cual dispuso que la misma continuaría concluida la audiencia de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR en parte