SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1747/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
Fragmento 16
A pesar de no constar en obrados el mandamiento de aprehensión emitido por la Fiscal de Materia demandada ni la representación de su cumplimiento, este extremo esta completamente corroborado con la constancia que suscribió Freddy Quispe Blanco, en su condición de Policía Judicial, el 9 de noviembre de 2010, aseverando que el procesado ingresó a la oficina y celdas de la Policía Judicial a horas 16:15. La aludida representación se presentó conjuntamente la imputación formal ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal en la misma fecha, con hora de recepción 16:30, en la que la Directora funcional de la investigación le solicitó el señalamiento de audiencia de medidas cautelares, en cuyo mérito el Juez de la causa la fijó para el 10 de noviembre de 2010, a horas 15:15.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR en parte