SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1747/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1747/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 8 de ese mes y año, en horas de la tarde, aprehendieron a su representado, en la zona de Auquisamaña, por orden de la fiscal Lourdes Villarroel Bustios, para ser conducido a su presencia a efectos de prestar su declaración informativa en un caso, en el que nunca se lo citó en forma personal, ni en su domicilio real, violando lo previsto por el art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que exige la citación formal y personal, antes de tomarse la declaración y efectuarse la aprehensión.

La Fiscal demandada lo mantuvo detenido durante toda la tarde y noche de la fecha señalada y parte del 9 de noviembre de 2010, incluso hasta la hora de presentación de esta acción de defensa (“5:55” horas), no obstante del transcurso de más de veinticuatro horas de privación de libertad del agraviado y de la declaración informativa que prestó, contraviniendo la SC 1497/2004-R de 17 de septiembre, que establece que luego de realizada la declaración informativa por motivo de la aprehensión, la autoridad fiscal está obligada a disponer su inmediata libertad.