Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1757/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.3.
II.3. Por decreto de 3 de noviembre de 2010, el Fiscal de Materia demandado, señaló que en atención a la expresión de agravios y solicitud de retiro de acusación presentada por el acusado, toda vez que la acusación fue radicada en el Tribunal Primero de Sentencia, el Ministerio Público concluyó la etapa de investigación con la presentación de la acusación, por lo que deberá solicitar en esa instancia lo que en derecho le corresponda (fs. 5).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de libertad
- empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- III.2. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- III.3. La problemática del caso de análisis
- APROBAR