SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1767/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1767/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.2.2. Informe de las autoridades  demandadas

Por su parte el codemandado: Veimar Rojas Méndez, Jefe de la Sección I de la FELCN de Cochabamba, señaló que a través de la Dirección de Inteligencia es la encargada de acumular, archivar y faccionar los certificados de antecedentes; el sistema de antecedentes se realiza en la ciudad de La Paz y ellos, ante la solicitud de algún antecedente, ponen en conocimiento de dicho distrito, quienes remiten la información que corresponde, es decir, ellos simplemente serían intermediarios y que en el presente caso, de acuerdo a documentación, se está hablando de antecedentes policiales y no penales y que se respondió como corresponde de acuerdo al art. 7 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN).