SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1821/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1821/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

Fragmento 21

         En lo relativo al presente caso, evidentemente los representados de los accionantes al manifestar la inexistencia del acta y de la Resolución que impuso la medida cautelar de detención preventiva, lo cual les impidiera apelar, no han demostrado haber usado los mecanismos intraprocesales para corregir actividad procesal defectuosa, mediante la vía incidental ante el Juez Cautelar, pues las autoridades judiciales llamadas a reparar las lesiones a derechos fundamentales en el proceso penal son primariamente los Jueces que conocen el proceso penal y si una vez agotados los mecanismos intraprocesales idóneos y efectivos no se hubiera reparado las lesiones a derechos fundamentales, recién puede acudirse a la acción de libertad para pedir la protección constitucional.