SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1821/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.1.
II.1. Acta Circunstancial por la cual la Notaria de Fe Pública Paola Regina Tuero Paniagua, expresa que habiéndose constituido en la oficina de la Auxiliar del Juzgado Décimo Primero de Instrucción en lo Penal, la misma exhibió el expediente con los memoriales de solicitud de la resolución de medida cautelar y de fotocopias legalizadas de todo el expediente, explicando que el mismo, cuenta con imputación, pruebas, mandamiento de aprehensión y que no existe el acta de audiencia cautelar y la revisión respectiva de imposición de medida cautelar llevada a cabo el 20 de octubre de 2010 a horas 15:00, ingresando los memoriales al despacho de la Juez en Suplencia legal Estrella Montaño a la fecha con una nota explicando la razón de la demora (fs. 1).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La corrección de la actividad procesal defectuosa.
- III.3. Los incidentes y la actividad procesal defectuosa.
- III.4. La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR,