SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1830/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1830/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

Fragmento 9

         La Constitución Política del Estado vigente, desarrolla con mayor precisión y claridad el principio de celeridad, al establecer en su art. 115.II, que el Estado garantiza el derecho a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones y consagra la celeridad como un principio general de la potestad de administrar justicia en el art. 178.I, al señalar entre sus principios a la celeridad.