SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1839/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
a)
Marcela Siles Jaksic, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, mediante informe escrito, cursante a fs. 142, señaló que: a) El Ministerio Público, imputó formalmente a trece personas por probable autoría del ilícito de lesiones graves y gravísimas, tentativa de homicidio, fabricación y tenencia de sustancias, solicitando la detención preventiva de los imputados, en atención a que concurriría el riesgo de fuga previsto en los numerales 1, 4, 10 y 11 del art. 234 y peligro de obstaculización establecido en los numerales 1 y 2 del art. 235 del CPP, siendo remitidos al Juzgado en calidad de aprehendidos; b) Asimismo, en audiencia de medidas cautelares, se evidenció que los imputados fueron puestos a disposición del Ministerio Público en calidad de aprehendidos en flagrancia; recalcándose la responsabilidad que tienen los funcionarios policiales con relación a la veracidad de sus informes, toda vez que también se denunció allanamiento en la aprehensión; y, c) Por Resolución 439/2010, debidamente fundamentada se dispuso la detención preventiva de los mismos, respaldado en los datos del cuaderno de investigaciones, sobre todo en los informes de las autoridades competentes que los remitieron en calidad de aprehendidos, así como respecto al reclamo de allanamiento y aprehensión que se realizó.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0080/2010-R
- equilibrio
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones
- tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física
- se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- Fragmento 15
- III.3.Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- APROBAR