SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1850/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1850/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

Fragmento 10

En lo relativo a la prueba, la competencia del Tribunal Constitucional sólo se reduce a establecer si fue o no valorada, y de ninguna manera a imponer mediante esta acción extraordinaria, cómo debe ser compulsada y menos aún a examinarla; situación que, sólo se deberá disponer principalmente en casos de omisión de compulsa que se la analice y cuando el juzgador se hubiese apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos de razonabilidad y equidad previsibles para la decisión.