SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

es exigible su tutela a través de esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física y que inclusive podría hacer peligrar la vida del agraviado, de tal manera que en los demás casos, la persona puede acudir a otro medio de defensa idóneo que el orden constitucional pone a disposición de los ciudadanos como ser la acción de amparo constitucional siempre y cuando previamente haya agotado los medios o recursos que el orden legal prevé”.

En ese sentido este Tribunal en relación al procesamiento indebido y su tutela a través de la acción de libertad, en la SC 0030/2010-R de 13 de abril, estableció: “En lo que respecta al procesamiento indebido como causal de procedencia de esta acción tutelar, se debe tener en cuenta que si bien el debido proceso es una garantía jurisdiccional tal cual lo establece el art. 115.II concordante con el art. 117.I de la CPE, es exigible su tutela a través de esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física y que inclusive podría hacer peligrar la vida del agraviado, de tal manera que en los demás casos, la persona puede acudir a otro medio de defensa idóneo que el orden constitucional pone a disposición de los ciudadanos como ser la acción de amparo constitucional siempre y cuando previamente haya agotado los medios o recursos que el orden legal prevé”. (las negrillas son nuestras)