Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1949/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.4.
II.4. El accionante mediante memorial, sin reconocer la competencia territorial, solicitó al Fiscal la suspensión de la declaración, adjuntando certificados médicos que acreditan su delicado estado de salud, que fue admitida, señalando para el 8 de febrero del mismo año, la recepción de su declaración informativa, en la Fiscalía de Santa Cruz (fs. 195 a 196, 200).
- I.1.1
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- Fragmento 17
- III.3. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR