SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1970/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1970/2011-R

Fecha: 07-Dic-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El año 2005, se incorporó al interior de la Comisión Municipal de la Niñez y Adolescencia de Guayaramerin a representantes de la sociedad civil e instituciones que trabajan a favor de la niñez tal como lo establece la Ley de su creación, logrando el año 2008 un funcionamiento más institucionalizado que logró convertirse en una comisión de renombre departamental y nacional; sin embargo, esto despertó celos, envidias y odios por parte del ente legislativo, mismo que procedió a desestructurar sistemáticamente su funcionamiento y operación, buscando neutralizar y minimizar su importancia como instancia propositiva, consultiva y fiscalizadora de las políticas y acciones de protección a favor de niños, niñas y adolescentes de ese municipio.

Al amparo del informe jurídico 23/2010, el Presidente del Concejo Municipal de forma arbitraria, dictó Resolución 014/2010-2011, donde resuelve que la pequeña oficina de la Comisión de la Niñez, sea de uso para todas las comisiones del órgano deliberante (Ética, Económica, Financiera y de Planificación, jurídica, Educación, Cultura, Turismo y Deporte; Salud, Bienestar Social, Familia y Niñez y Adolescencia). Asimismo, se intentó quitarles el presupuesto de la Comisión de la Niñez e incorporarlo al presupuesto del Concejo, conforme al aludido informe legal y pese a las reiteradas solicitudes, no se volvió a contratar a la secretaria de la Comisión, impidiendo e inviabilizando el normal desempeño de la Comisión de la Niñez de Guayaramerin, amenazando y violando directamente los derechos e intereses colectivos y políticas de protección de la niñez y adolescencia de este municipio, al ser esta la instancia precisamente que vela por ellos.