SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1983/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1983/2011-R

Fecha: 07-Dic-2011

“procedente en parte”

La Sala Civil Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 010/2009 de 8 de octubre, cursante de fs. 78 a 83, por la que declaró “procedente en parte” la acción; ordenando: i) El cumplimiento inmediato al Tribunal Sumariante, dependiente de la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura regional Potosí de las normas contenidas en los arts. 24 y 132 de la CPE y “53 y 62 numeral 1) de la Ley 1638” (sic); y, ii) No ha lugar a la nulidad del Auto de 23 de septiembre del año 2009, a la reconsideración del fondo del recurso, ni a la nulidad de la Sentencia Disciplinaria  13/09, pronunciada por el Tribunal Sumariante, todo en base a los siguientes argumentos de orden legal: a) Si bien la Resolución del Tribunal Sumariante de 23 de septiembre de 2009, expone las razones por las cuales rechaza la tramitación del incidente, éstos argumentos no son atendibles en razón a que se estaría expulsando del ordenamiento jurídico a la Ley del Tribunal Constitucional, extremo inaceptable entretanto no se concrete la Disposición Segunda de la CPE; y, b) El Tribunal Sumariante debió elevar en consulta al Tribunal Constitucional el rechazo efectuado, cumpliendo mínimamente con la previsión establecida en el art. 62.1 de la LTC.