AUTO CONSTITUCIONAL 031/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 031/2011-RCA

Fecha: 07-Feb-2011

rechazó in límine

La Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 26/2009 de 8 de junio, cursante de fs. 42 a 43, rechazó in límine la acción, bajo los siguientes fundamentos: No existe una congruencia entre la relación fáctica, que es incompleta, y la exposición de los derechos o garantías supuestamente vulnerados ya que éstos sólo han sido enumerados sin establecer la relación causal entre los actos y el derecho y menos explicando cómo el acto impugnado como lesivo Auto 139/09 de 31 de marzo de 2009, hubiera vulnerado los derechos expuestos. Finalmente indican que el petitorio no se vincula con la causa petendi, puesto que ésta hace referencia a la interposición de un recurso de compulsa que fue declarado ilegal; no obstante, no se cuestiona dicho acto ni los efectos de la declaratoria de ilegalidad de dicho recurso, por lo que al no estar cuestionados sus efectos subsistirían respecto a la presentación del recurso de casación.