Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 035/2011-RCA
Fecha: 07-Feb-2011
a)
Solicitan se conceda la tutela y se declare: a) La nulidad de las Resoluciones Administrativas (RRAA) 054/2009, 057/2009, 059/2009, 062/2009 y 064/2009 pronunciadas por el Director de Desarrollo Urbano; b) La nulidad de la Resolución Municipal 015/2009 de 22 de julio; c) La nulidad de todo el procedimiento, determinando que el mismo debe ser conocido por el Alcalde Municipal de acuerdo al art. 44.32 de la LM; y, d) La imposición de daños y perjuicios, multa y costas procesales.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- “improcedencia in límine”
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso de autos
- La problemática formulada por los accionantes se encuentra vinculada directamente a la competencia por usurpación de funciones de las autoridades demandadas,
- fueron emitidas sin competencia, por el Director de Desarrollo Urbano en lugar de la Alcaldesa Municipal
- APROBAR