AUTO CONSTITUCIONAL 061/2011-RCA
Fecha: 21-Feb-2011
Improcedencia de la acción de amparo constitucional por actos consentidos libremente
Entre las casuales de improcedencia de la acción de amparo constitucional se encuentra el consentimiento libre y expreso del acto ilegal u omisión indebida, supuestamente lesivo de derechos y garantías fundamentales, precepto del cual se infiere que el legislador entiende que toda persona tiene la absoluta libertad de ejercer sus derechos de la forma que más convenga a sus intereses, y ha considerado que al ser el consentimiento una expresión de la libre voluntad de las personas, no debería existir causa o motivo para otorgar la tutela cuando se advierte que el acto aún cuando se considere lesivo, si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, no puede ser tutelado posteriormente cuando lo denuncie y pretenda protección. Admitir lo contrario significaría que este Tribunal estaría a disposición de la indeterminación de las personas, provocando una incertidumbre en los actos jurídicos, que conforme al ordenamiento jurídico sustantivo y procesal tienen efectos inmediatos, por lo que no pueden estar sujetos a los caprichos y ambivalencias de ninguna de las partes intervinientes.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 6
- Improcedencia de la acción de amparo constitucional por actos consentidos libremente
- la persona que ha podido sufrir una vulneración a algún derecho fundamental, atendiendo razones particulares, puede consentir de manera expresa la lesión o amenaza a esos derechos, o simplemente adoptar una posición pasiva, consistente en no acudir a la tutela jurisdiccional. En el primer caso, el legislador de manera específica ha tomado la decisión política de que tales supuestos son causales de improcedencia en el recurso de amparo
- de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales”
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR,