AUTO CONSTITUCIONAL 064/2011-RCA
Fecha: 21-Feb-2011
II.4. Análisis del caso
En el caso en análisis, de los argumentos expuestos en la demanda de amparo constitucional, se observa que el accionante, en relación a los requisitos de contenido, previstos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC, referidos a la precisión de los hechos denunciados de ilegales, los derechos presuntamente vulnerados y el petitorio o tutela solicitada; respectivamente, que son de carácter insubsanable; si bien efectuó una coherente descripción de los hechos denunciados de ilegales, que en el caso de autos, constituye el rechazo a la solicitud de extinción de la obligación tributaria por prescripción, interpuesta por su parte, la cual a decir del accionante, fue negada sin ninguna fundamentación, y sobre la base de la interpretación de la interrupción de la prescripción bajo supuestos que no constituyen causales de suspensión según la normativa aplicable; señalando también como vulnerados el derecho a la “seguridad jurídica” y la transgresión a la garantía del debido proceso; no obstante, respecto a esta última, no precisó en cuál de sus elementos se lesionó con esos hechos o de qué forma las actuaciones de los demandados en cuanto al rechazo de la prescripción, hubiesen lesionado el debido proceso, ya sea como derecho o como garantía jurisdiccional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- rechazó
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- requisitos de contenido los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
- II.3.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- 1)
- II.3.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso
- Fragmento 14
- APROBAR