circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país”,
Para ese fin, la SC 0023/2010-R señaló que: “… el art. 21.7, de la CPE, consagra el derecho a la libertad de circulación, al establecer que las bolivianas y los bolivianos tienen derecho “A la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país”, y que, “por su parte, el art. 23 de la CPE consagra el derecho a la libertad y seguridad personal, es decir, el derecho a la libertad física; previniendo además, las diferentes garantías para la protección de ese derecho; entre otros, que la libertad personal sólo puede ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales, la prohibición de que las personas sean detenidas, aprehendidas, o privadas de su libertad fuera de los casos y las formas establecidas por ley”. Bajo ese criterio, concluyó que la Constitución reconoce de manera autónoma a ambos derechos, como también lo hacía la Constitución abrogada.
“Ahora bien, el art. 18 de la CPEabrg, señalaba: “Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida detenida, procesada o presa podrá ocurrir…”. Asimismo, el art. 125 de la CPE establece: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad…”
De una comparación de ambas normas se puede evidenciar que la nueva Constitución Política del Estado, es más amplia en cuanto a su ámbito de protección, pues éste se extiende al derecho a la vida, y en cuanto al derecho a la libertad, en ambos casos, de manera expresa en la Constitución Política del Estado vigente, la protección está destinada al derecho a la libertad física o personal, aclarándose que el Tribunal Constitucional extendió la protección en el hábeas corpus a la libertad de locomoción, en algunos supuestos como los contenidos en las SSCC 0823/2001-R, 1034/2001-R, 1336/2001-R y 0316/2002-R.
- Partes: William Vega Vargas
- I. El respeto al precedente constitucional obligatorio
- carácter vinculante de los precedentes,
- concreta
- Fragmento 5
- interrelación o integración de las normas de la Constitución o de las disposiciones legales.
- las del Tribunal tienen la fuerza propia de las normas del legislador,
- Fragmento 8
- solución genérica conscientemente diferenciada de lo que anteriormente se venía manteniendo y no como respuesta individualizada
- II. La SC 0023/2010-R y el ámbito de protección del recurso hábeas corpus, ahora acción de libertad: El derecho a la libertad física y la libertad de locomoción
- “
- la libertad personal o física
- circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país”,
- sin embargo, dada la íntima relación que existe entre esos derechos, es posible tutelar también al último de los nombrados, en aquellos casos en los que el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud.
- derecho
- Seguridad
- presupuesto
- 2.
- facultad
- 3.
- limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las Leyes de cualquiera de los Estados Partes
- No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un Estado Parte en virtud de Leyes, convenciones, reglamentos o costumbre, so pretexto de que el presente Pacto no los reconoce
- IV. La SC 2314/2010-R de 19 de noviembre que motiva la disidencia
- con excepción del derecho a la libertad física que se encuentra amparado por el recurso de habeas corpus que ha sido instituido como una garantía constitucional de carácter jurisdiccional que tiene la finalidad de proteger a la persona en el ejercicio de su derecho a la libertad física o el de locomoción contra cualquier acto de restricción o supresión ilegal o indebida”.
- sin explicar el cambio de jurisprudencia
