SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 18 de febrero de 2008, el Ministerio Público, inició proceso penal contra ambos por la presunta comisión del delito de robo agravado, desde cuya fecha transcurrieron once meses, por cuanto solicitaron la extinción de la acción penal. El Fiscal de Distrito fue notificado con la conminatoria contenida en oficio 411/2008 de 23 de octubre, recepcionada el 28 de ese mes y año. No presentó acusación y el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal no declaró la extinción de la acción penal, pese a haberse operado en forma tácita. Ante la falta de respuesta a su petitorio, lo reiteraron el 15 de diciembre del mismo año, obteniendo evasivas del Juez de la causa que se denota por el decreto de 17 de diciembre de esa gestión, que ordenó el traslado de la solicitud, motivo por el cual se encuentran injustamente detenidos.